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Sentencia C-535 de 2017 mediante la cual la Corte revisó la constitucionalidad del Decreto ley 892 de 2017, “por el cual se crea un régimen transitorio para la acreditación en alta calidad de los programas académicos de licenciaturas a nivel de pregrado que son ofrecidos en departamentos donde se localizan municipios priorizados para la implementación de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)”. La Corte declaró la exequibilidad del plazo de 32 meses establecido para que los programas de licenciatura a nivel pregrado, ubicados en los departamentos con municipios priorizados para la implementación de los PDET, obtuvieran la acreditación de alta calidad, considerando que, luego de aplicar un juicio de igualdad, la medida adoptada era viable. Por su parte, en cuanto al acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional en el proceso mencionado, consideró que la medida no supera el test de igualdad, pues es sobreinclusiva, al no limitarse a las zonas especialmente afectadas por el conflicto, incluyendo también, por ejemplo, centros urbanos ubicados en tales departamentos que no necesariamente tienen estas características. Por esa razón, declaró la exequibilidad condicionada del inciso 2 del parágrafo transitorio previsto en el artículo 1 del decreto ley analizado, en el entendido de que el apoyo del Ministerio de Educación Nacional se aplica solo a los programas que se ofrezcan en los municipios priorizados.
