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Sentencia C-038 de 2018 mediante la cual la Corte revisó la constitucionalidad del Decreto ley 700 del 2 de mayo de 2017, “por el cual se precisa la posibilidad de interponer la acción de habeas corpus en casos de prolongación indebida de la privación de la libertad derivados de la no aplicación oportuna de la Ley 1820 de 2016 y el Decreto ley 277 de 2017”. El objeto de este decreto, compuesto por dos artículos, era señalar que las personas que tuvieran derecho a los beneficios establecidos en la Ley 1820 de 2016 y en el Decreto 277 de 2017 estaban facultados para para ejercer la acción del habeas corpus. Ello lo podrían hacer cuando hubiere una demora judicial superior a 10 días en la respuesta a su solicitud de libertad condicionada, de conformidad con lo previsto en las dos normas antes señaladas. En dicho caso, se daría aplicación al procedimiento establecido en la Ley 1095 de 2006. La Corte declaró la exequibilidad simple del Decreto ley 700 de 2017, al considerar que de las disposiciones constitucionales mencionadas se concluía que cuando, sin justificación alguna, se omite resolver a tiempo una solicitud de libertad condicionada presentada por quien tiene derecho a ella se configura una privación ilegal de la libertad, que faculta al afectado a acudir al habeas corpus.
