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En esta edición del Boletín de Jurisprudencia, la Relatoría General de la JEP se destacó la decisión proferida el 11 de julio de 2022, a través de la cual la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas avocó conocimiento del Macrocaso 10 sobre los “crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas FARC-EP por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”; la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, al interior del Macrocaso 03, Subcaso Casanare, describió en detalle la conducta que empañó la institucionalidad de la Brigada XVI del Ejército Nacional, y por primera vez imputó el crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género y el crimen de guerra de utilización de niños, niñas y adolescentes por involucrar menores de 18 años. Otro caso estudiado por esta Sala, evidenció que los asesinatos y desapariciones forzadas en el Cementerio Las Mercedes de Dabeiba, Antioquia, perpetrados por miembros de la Fuerza Pública, entre 1997 y 2007, se encontraban en la impunidad. Por último, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas, después de revisar el universo de hechos de violencia sexual y basada en género reportados en los informes presentados por las organizaciones de víctimas, la sociedad civil y la Fiscalía General de la Nación, dio inicio a la etapa de concentración del Macrocaso; finalmente, la Sección de Apelación revocó la resolución de primera instancia mediante la cual la Sala de definición de situaciones jurídicas negó el ingreso a la JEP al señor Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, como excomandante paramilitar del Bloque Norte por falta de competencia personal.
