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Sentencia C-017 de 2018 mediante la cual la Corte revisó el Decreto ley 588 de 2017, “por el cual se organiza la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición” (CEV). El objetivo de este decreto ley era definir la naturaleza de dicha entidad definiéndola como un ente autónomo del orden nacional. Le atribuyó tres mandatos generales, a saber: contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido en el conflicto armado interno, promover y contribuir al reconocimiento de las víctimas y promover la convivencia en los territorios. Para tal efecto, asignó una serie de funciones a esta entidad e impuso la obligación a todas las entidades del Estado de suministrar la información necesaria para el cumplimiento de tales cometidos. La Corte declaró la exequibilidad simple de la mayoría del decreto ley, al considerar que la inclusión de la CEV como mecanismo no judicial del proceso de Justicia Transicional constituye un instrumento importante para garantizar los derechos de las víctimas, particularmente el derecho a la verdad, lo cual promueve el restablecimiento de su dignidad y su honra. Concluyó que la CEV encuentra plena justificación en la estructura estatal, al promover el cumplimiento de los fines esenciales del Estado y la garantía de los derechos de las víctimas de violaciones masivas de derechos humanos.
