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Sentencia C-071 de 2018 mediante la cual la Corte revisó el Decreto ley 903 de 2017, “por el cual se dictan disposiciones sobre la realización de un inventario de bienes y activos a disposición de las FARC-EP”. Este decreto constaba de 6 artículos, cuyos aspectos principales consistían en imponer la obligación a las FARC-EP de elaborar un inventario definitivo de sus bienes y activos y entregarlos al Gobierno nacional, con esto se entendería plenamente concluida la dejación de armas y la terminación del conflicto. Para tal efecto, dispuso la creación de un patrimonio autónomo denominado “Fondo de Víctimas”, que sería receptor de todos los bienes inventariados, y cuya finalidad consistía en la reparación material de las víctimas y la implementación del Acuerdo Final. La Corte declaró la exequibilidad simple del articulado del decreto ley bajo estudio, al considerar que el inventario de bienes es una acción de valor simbólico, que da cuenta de la voluntad definitiva del cese de hostilidades; de valor práctico, que da garantías de no repetición al no poder ser utilizados de nuevo; y de valor jurídico, en cuanto cumple con la reparación de las víctimas.
