Boletín de jurisprudencia – Relatoría General de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) – Edición 11 noviembre 2022

ELABORACIÓN
LUGAR
AUTOR GENERAL
AUTOR ESPECÍFICO
Noviembre , 2022
Colombia, Bogotá
Instituciones y otros actores estatales
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)

TIPO DE DOCUMENTO

Informes

ALCANCE Y CONTENIDO

Teniendo en cuenta que la protesta social es un derecho constitucional y en virtud del Acuerdo Final para la Paz en el que se contempló la necesidad de descriminalizar la protesta social, la Sección de Apelación concedió el beneficio de Amnistía a dos exintegrantes y a dos colaboradores de las FARC-EP únicamente por dos de los tres casos por los que fueron condenados en la justicia ordinaria, luego de privar de la libertad a los policías que custodiaban las marchas del Paro Agrario Nacional del 20 y 21 de agosto de 2021, negando el beneficio definitivo en relación con el tercer caso, por tratarse de una grave infracción al DIH; de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas destacan dos pronunciamientos en el marco de los Macrocasos 01 y 03. En el primer pronunciamiento, la Sala emitió su segunda resolución de conclusiones, esta vez dentro del Macrocaso 01, el cual prioriza la “toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las FARC-EP”. En ella, 7 exintegrantes del Secretariado de las FARC-EP fueron llamados a reconocer responsabilidad por los crímenes de guerra y de lesa humanidad que les fueron imputados en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas. Una vez reconocieron verdad y responsabilidad sobre estas conductas, los comparecientes resultaron elegibles para la imposición de sanciones propias, las cuales sugieren penas de hasta máximo 8 años de prisión. En su segundo pronunciamiento, la Sala ordenó la puesta en marcha del proceso restaurativo y la preparación de la audiencia pública de reconocimiento de verdad y de responsabilidad. Los comparecientes que no aceptaron su responsabilidad enfrentarán el proceso adversarial que se adelantará ante la Sección con Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad; de la Sala de definición de situaciones jurídicas destacan la decisión de excluir de la competencia de la JEP al exjefe de la Dirección Financiera del Hospital Materno Infantil de Soledad, Atlántico, por no aportar verdad plena. Finalmente, la Sala de Amnistía o indulto otorgó el beneficio de amnistía de iure a un exintegrante de las FARC-EP, tras considerar que era viable asignar la calificación jurídica de “rebelión” a las conductas de extorsión agravada y financiación del terrorismo.