TIPO DE DOCUMENTO
Material de pedagogíaALCANCE Y CONTENIDO
En la JEP, las sanciones no se definen ni se cumplen a espaldas de la sociedad. Esta justicia nació para darle un cierre jurídico al conflicto armado con las extintas Farc-EP y, desde ahí, impulsar acciones que restauren el dolor de las víctimas, recompongan los tejidos sociales y transformen los territorios. Escuchar a las víctimas despejó el camino. Sus voces permitieron trazar rutas claras, nacidas en los territorios, que orientan las sanciones hacia la restauración. Rutas que buscan sanar el daño de manera individual, familiar, colectiva y social. Acciones concretas para encontrar a los desaparecidos, recuperar la seguridad, proteger la naturaleza, dignificar la memoria y garantizar que lo vivido no se repita. Por eso, al cierre de esta etapa de juicio contra el último Secretariado de las extintas Farc-EP —por secuestros y otros crímenes cometidos en el contexto del cautiverio—, la JEP recoge los últimos elementos para definir a qué proyectos deberán vincularse como parte de su sanción. Porque cumplir una Sanción Propia no es simbólico ni voluntario: es una obligación jurídica, restaurativa y ética. Es el camino para hacer real la promesa de no repetición del Acuerdo Final de Paz. Estas sanciones se concretan en acciones reales sobre el territorio, construidas desde la base y en diálogo con las comunidades más afectadas.